Relación entre el AEC y el desvÃÂo de comercio
En el Tratado de Asunción se determinaron niveles del Arancel Externo Común (AEC), para la totalidad de los productos. Al mismo tiempo cada paÃÂs definió una lista de excepciones al AEC, en base a la sensibilidad de cada sector.
Por otra parte se establecieron familias de excepciones comunes a todos los paÃÂses: bienes de capital, informática y telecomunicaciones.
A la normativa inicial se le incorporaron nuevos conjuntos de excepciones y regÃÂmenes nacionales de excepción.
Además de esta lista se fueron adicionando otras:
÷ los resultantes de acuerdos ya establecidos por los paÃÂses miembros en el marco de ALADI, tanto multilaterales como bilaterales
÷ a causa de varios regÃÂmenes especiales de importación es que cada paÃÂs aplica diferentes aranceles al AEC
÷ los correspondientes a los sectores azucarero y del automotriz
Las excepciones al AEC tiene distintos usos, por un lado, sirve para aplicar una alÃÂcuota diferente al que se acordó, y por otro, para sobrepasar el lÃÂmite máximo que se estableció para el mismo.
El desvÃÂo de comercio es un costo de la integración comercial entre paÃÂses. Este ocurre como consecuencia de las preferencias comerciales cuando se sustituye una fuente de aprovisionamiento extra - regional más barata por otra de la región más cara.
La gráfica que expondremos a continuación tiene como propósito ilustrar el desvÃÂo de comercio para un determinado bien X en equilibro parcial.
DD y SS representan las curvas de demanda y oferta respectivamente, del bien X en el paÃÂs I. En este gráfico F es el precio de equilibro para el paÃÂs I en el cual no participa del comercio internacional. SII y SIII son las curvas de ofertas para los paÃÂses II y III. Supuesto: elasticidad de oferta infinita. el arancel impuesto por el paÃÂs...